PREGUNTA:
Tiempo atrás estuve viendo una de sus conferencias donde mencionó las narraciones de Anas bin Malik (que Alá lo injurie) que afirman que el Profeta Muhammad (sawas) cortó las manos y los pies de algunas personas y les clavó clavos en los ojos a los. No musulmanes que se oponían al Islam, Siempre les gusta utilizar estas narraciones con tal de mostrar al Profeta (sawas) como un torturador (me refugio en Alá de esto).
I found a hadith in Al-Kafi which also mentions a similar story; for example, it states that the Prophet (sawa) applied the punishment to these people by having their hands and feet cut. ¿Aceptas este hadith, Oh Sheikh? Porque puede que los ‘súnnitas’ digan
¿Cómo utilizas estas narraciones de nuestros libros en contra nuestro si vosotros también relatáis que el Profeta (sawas) cortó las manos y los pies de la gente?
Y los Cristianos y Judíos que se oponen al Islam pueden decir:
¿Cómo puede ser vuestro Profeta un profeta de la misericordia cuando corta las manos y los pies de la gente? ¿No es este tipo de castigo una tortura?!
He estudiado sobre el sistema penal legal islámico, Sheikh, pero quiero encontrar la mejor respuesta para discutir con los no musulmanes porque estas narraciones están disponibles en inglés y se usan contra nosotros.
Gracias.
RESPUESTA:
En el nombre de Allah, el Compasivo, el Misericordioso.
Oh Allah bendice a Muhammad y a su Familia, acelere su reaparición y maldiga a sus enemigos.
Hay una diferencia entre la tortura y las penas legales islámicas fijas. La primera no es aceptada por nosotros, pero si la segunda. Por eso decimos que el Profeta no puso clavos en los ojos de la gente debido a que esto es un ejemplo de tortura injustificada. En cuanto a cortar las manos y los pies – en el caso de que fuera veraz – es un castigo mencionado en el Libro de Alá, y el propósito de las penas legales fijadas es disuadir. El problema se encuentra en que algunas personas no prestan atención a este punto. La relatividad de la disuasión depende de las situaciones y sociedades de las personas y sus crisis; lo que puede ser una disuasión para algunas personas, puede no serlo para otras, y lo que puede ser una disuasión en este momento, puede no serlo en otro momento, y así sucesivamente.
En una sociedad segura y sencilla, como una isla entre islas tranquilas, las multas financieras pueden ser suficientes para disuadir la comisión y la perpetuación de los delitos. En una sociedad compleja en la que prevalece el caos y se propaga la delincuencia, ese castigo es insuficiente y debe ser más estricto para lograr la disuasión. Así, en Islandia, por ejemplo, la pena de muerte puede no ser necesaria; sin embargo, en un país como Somalia, es absurdo imaginar que los crímenes puedan detenerse allí sin una pena disuasoria como la ejecución.
Y a veces la ejecución en sí misma no es disuasoria, ya que hoy en día, vemos que este castigo no es suficiente para disuadir a los bárbaros de unirse a la ISIS, puesto que luchan hasta la muerte o cometen misiones suicidas y de todas formas no ven nada malo en ser asesinados, ya sea que les disparen en la cabeza, los cuelguen o incluso les den una descarga eléctrica. Por lo tanto, debe haber un tipo de pena capital que sirva como disuasión. Es posible que aquí la pena se pueda imponer cortando las manos y los pies, para que los bárbaros se disuadan y no se unan a ISIS.
En general, la incapacidad de lograr una disuasión adecuada para los crímenes graves y peligrosos es una amenaza para la humanidad, especialmente si estos crímenes se transforman en una serie continua y un fenómeno terrorista integral. Si asumimos que al aplicar (la pena islámica) salvaremos la vida de miles de personas inocentes y les protegeremos del dolor a cambio de hacer sufrir a algunos de los que son culpables, entonces está racionalmente aceptado. De lo contrario, ¡¿se quedará la humanidad en la incapacidad de disuadir a los terroristas y criminales con el pretexto de que no queremos hacerles daño?! ¿Quiere decir esto que la humanidad debe permitir el continuo sufrimiento de miles de personas inocentes con el pretexto de que no queremos que los terroristas sean castigados?!
El noble Profeta, la paz y las bendiciones de Dios sean con él y su familia, vivió en un ambiente social dominado por el terrorismo, la criminalidad, la anarquía y en una seguridad caótica. Hizo todo lo que estuvo a su alcance para transformarlo en un ambiente seguro y pacífico gobernado por la ley. Este objetivo no podría haberse logrado sin aplicar castigos muy severos. Sin embargo, el Profeta (la paz y las bendiciones de Alá sean con él y su purificada progenie) siempre perdonó a los criminales, pero dentro del marco de la sabiduría, en el que se les disuadía psicológicamente de continuar con sus crímenes por un tiempo. El asesinato del Arenin – en el caso de ser cierto – fue una aplicación de la necesaria pena legal fija, es decir, que fue una disuasión necesaria. Se narra que mataron a musulmanes inocentes y hay informes de que torturaron al pastor Musulmán de la misma manera: cortándole las manos y las piernas. Esto era de lo más despreciable por parte de estos criminales que recompensaban a los que eran buenos con ellos con tal abuso y mordían la mano a quienes se la extendía en la caridad.
Penas como cortar las manos y las piernas en ese momento eran necesarias para reconciliar a estos criminales con la sociedad y el medio ambiente en el que vivían, especialmente si se trataba de una retribución por sus crímenes. Sin embargo, en cuanto a cegar los ojos con clavos, incluso en relación con ese entorno, esto sólo puede considerarse como una especie de tortura injustificada o sádica. Es como si el Profeta (que la paz y las bendiciones de Alá sean con él y su familia) no tuviera intención de disuadir, sino de torturar. Of course, he is far above that, and for that reason, our Imams (peace be upon them) removed this false image from him.
Decimos todo esto basándonos en la suposición de la autenticidad de nuestras narraciones sobre este asunto. Por lo demás, nuestra discusión sobre nuestras narraciones es amplia, ya que se cita originalmente del libro de Aban, hijo de Uthmán, en Al-Maghāzī y lo que él narró de Abu Saleh de Ibn Abbas, y lo que él narra de Abu Saleh de Abu Abdillah al-Sadiq (la paz sea con él). Si volvemos a las fuentes de nuestros oponentes, encontramos esta narración reportada de Ibn Abbas como en el libro de Nīl al-Awtār, por Shawkānī, volumen 7, página 197. Por lo tanto, se sospecha de una posible confusión en las cadenas de las narraciones del libro de Aban, así como una confusión entre el individuo Abu Saleh Bazan que narra de Ibn Abbas, y Abu Saleh Al-Ajlan que narra del Imam al-Sadiq (la paz sea con él). Hay muchos ejemplos de estos en los libros antiguos puesto que se conocen.
Además, esta narración que es común entre lo que los “suníes” han narrado y el tema que rodea a Anas, hijo de Malik, no tiene la validez ante la narración chiíta que fue reportada por al-Saduq con su cadena de narradores del Imam al-Baqir (la paz sea con él) y que rechaza a Anas y niega que el Profeta (que las bendiciones de Alá sean para él y su familia) legalizara la tortura. Sin embargo, si esa narración Chiíta hace referencia al incidente del Arenin o el Bani Dhubba, esto no influye puesto a que el rechazo sería exacto.
La Oficina de El Sheikh al-Habib